lunes, 18 marzo, 2024

La sede Electrónica de la Seguridad Social cada vez se adapta más a las necesidades del ciudadano de a pié, sin embargo aún queda mucho que mojorar.

J.P Marcos -Experto de Select en la sección de Seguridad Social--

Jefe de Redacción en artículos relacionados con el INS y TGSS -Titulado en ADE-

TRÁMITES QUE SE PUEDEN HACER EN LA SEDE ELECTRONICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

La seguridad social en España es un sistema de protección social que brinda cobertura a las personas en caso de enfermedad, accidente, jubilación o desempleo. Está financiado por medio de aportaciones de los trabajadores y de las empresas, y también recibe fondos del gobierno. La seguridad social en España está gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que es el organismo encargado de administrar el sistema y de brindar los servicios y prestaciones a los ciudadanos.

La administración pública de la Seguridad Social, desde su sede electrónica (sede.seg-social.gob.es ) nos permite realizar y solicitar online multitud de prestaciones, información y servicios sin tener que acudir a sus oficinas físicas.

Desde el portal de información laboral “Select.es”, todos nuestros asesores están en continua coordinación para conseguir explicaros detalladamente a través de nuestros artículos y guías como proceder desde la sede electrónica de la Seguridad Social para solicitar alguna prestación o para realizar a través de internet las gestiones más habituales a las que puede tener acceso cualquier ciudadano.

Hay que aclarar que la Seguridad Social está compuesta por 2 organismos completamente diferentes: El Instituo Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

El INSS se ocupa de gestionar y administrar todo lo relativo a la asistencia sanitaria y lo relativo todas las prestaciones de la Seguridad Social (excepto de las prestaciones por desempleo, de las cuales de encarga el SEPE y de las pensiones no contributivas, que son gestionadas por cada CC.AA).

Sin embargo la TGSS se ocupa de la gestión de todas las finanzas y pagos de la Seguridad Social, encargándose pues de todas las cotizaciones y del pago de cualquier prestación existente.

Desde su Sede Electronica, la mayoría de las operaciones se pueden hacer sin necesidad de disponer de un certificado digital o dni electrónico; sin embargo hay algunas que si requieren de forma obligatoria este tipo de soporte para identificarse de forma telemática.
Muchas de las gestiones que aquí te explicaremos también se pueden realizar online si dispones de un usuario y contraseña en el sistema clave. Te explicaremos en cada caso que opciones puedes usar.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social te proporciona líneas telefónicas a través de las cuales puedes recibir información y realizar ciertos trámites sin tener que desplazarte. Este organismo “promete” no dejar sin respuesta y brindar lo que se necesite a cualquier ciudadano de manera eficiente y confidencial. Desde aquí puedes Consultar todos los números de atención telefónica o bien puedes concertar una cita previa para acudir presencialmente a sus oficinas

ORGANISMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Hay que aclarar que dentro de la Administración General de la  Seguridad Social nos encontramos con dos organismos bien distintos: INSS y  TGSS. Os explicamos a continuación  las funciones que tiene cada organismo:

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se encarga de trámites relacionados con prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social, temas de jubilación, incapacidad temporal o permanente, trámites por orfandad o viudedad o cuidado de personas dependientes con enfermedades graves, maternidad, paternidad, riegos en el embarazo o lactancia, seguros escolar, indemnizaciones por lesiones o reconocimiento de prestaciones familiares por hijos , adopciones, familia numerosa o parto múltiple …

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) tiene competencias relacionadas con la inscripción de empresas, altas-bajas y afiliación de los trabajadores, aplazamientos o fracción de pagos de las cuotas de la Seguridad Social y gestiones de la función aseguradora de accidentes de trabajo entre otras muchas más …

Todos sabemos que la Seg. Social se trata de un sistema contributivo y solidario y que se trata de un derecho y un pilar fundamental para nuestro estado de bienestar.

Las 9 prestaciones más destacadas que todos tenemos derecho a percibir son:

  1. Cuando nos ponemos enfermos tenemos derecho a cobrar la prestación por incapacidad temporal (cobrar la baja, para entendernos mejor). Se trata de cubrir la perdida de ingresos por no poder ir a trabajar.
  2. Si acabamos de ser madres o padres recibimos la cobertura económica correspondiente mientras disfrutamos del periodo de descanso tras el parto o la adopción, cobrando el 100% del salario
  3. Prestación por cuidado de menores enfermos por cancer u otra enfermedad grave. Está pensada para no perder ni un solo céntimo del salario por reducir la jornada para cuidar del menor.
  4. Prestación por lactancia o por riesgo durante el embarazo. Si una empleada tiene que abandonar su puesto por alguno de estos motivos, podrá irse a casa beneficiándose de esta prestación.
  5. Por accidente o enfermedad. Si perdemos la salud hasta el punto de no poder ir a trabajar con normalidad, solicitaremos de inmediato la pensión por incapacidad permanente.
  6. Otra prestación es la derivada tras ocurrir un accidente laboral y el trabajador queda afectado por una lesión para toda la vida, no llegando a quedar incapacitado pero  si lesionado gravemente. Cuando esto ocurre, la Seguridad Social nos concede una pensión por incapacidad permanente no invalidante.
  7. La pensión por jubilación es otra de las más famosas prestaciones que ofrece la S.Social. Se puede cobrar tras haber cotizado como mínimo 15 años.
  8. En un caso extremo existen las prestaciones de muerte y supervivencia, que tratan de compensar el estado de necesidad en el que podemos quedar por el fallecimiento de un familiar.
  9. Como última prestación decir que todos sabemos que la Seguridad Social es la encargada de darnos la asistencia sanitaria gratuita a todos los residentes Españoles. Para ello hay que disponer de la Tarjeta Sanitario o de la tarjeta Sanitaria Europea si viajamos fuera de España

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