viernes, 19 abril, 2024

Consulta si aprobaron tu Ingreso Mínimo Vital

¿Dudas en gestiones con la administración?

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La Seguridad Social te deja la opción de ver o comprobar si te han aprobado o en que estado se encuentra tu solicitud del Ingreso Mínimo Vital. Para ello está claro que antes debes de haber realizado la solicitud del IMV de forma correcta y haber obtenido tu código de confirmación. A través de ese código que te asignan podrás ver en cualquier momento en que estado se encuentra tu ayuda.

Si no quieres realizar esta consulta online, no te preocupes porque el INSS también debe comunicarte por escrito en un plazo máximo de 3 mese si finalmente tu ayuda fue aprobada o rechazada. En caso de no recibir ninguna contestación se entenderá que la solicitud fue desestimada

RECUERDA

Si se produce alguna variación en los datos declarados, tanto en lo referente a situación económica (ingresos laborales otro tipo de rentas), familiar (cambio de estado civil, defunciones, etc.) o de su domicilio de residencia, fiscal) debe usted comunicarlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social https://sede.seg-social.gob.es

Para ver online el estado de tu solicitud tendrás que hacer lo siguiente:

Obtener código de confirmación

Cuando realizaste la solicitud de la Renta Minima Vital, al final de todo el proceso (si lo hiciste bien) obtuviste un código de confirmación que será el que vas a necesitar para realizar la consulta. Este código se compone de una cadena larga de caracteres y números aleatorios que como es muy difícil memorizarlos te recomendamos que lo guardes como una captura de foto para su posterior uso.

Cuando terminaste de solicitar el IMV , te tuvo que salir al final de todos los pasos una pantalla como la que se muestra a continuación, donde aparece tu código. Este es el que debes guardar para luego poder ver en que estado se encuentra tu ayuda.

codigo de confirmacion del ingreso minimo vital

Si todavía no has obtenido tu código, puedes ver como realizar la solicitud de la renta minima desde este video resumen

Ver el estado en el que se encuentra la solicitud

Para ver en que estado en el que se encuentra tu ayuda de Ingreso Minimo Vital en primer lugar debes de ir a la web que la Seg. Social tiene habilitada para ello:  

https://imv.seg-social.es/

Cuando hayas accedido, tendrás que pulsar en el botón donde pone “Aportar documentación a una solicitud”

Acceso para comprobar el estado del imv

Si todo ha ido bien, te aparecerá esta otra pantalla en la que deberás de rellenar la siguiente información:

  • Código de solicitud: Este es el código que obtuviste cuando tramitaste la ayuda por internet tal como te hemos explicado anteriormente….
  • Número de identificación: En esta casilla deberás introducir tu DNI o NIE. No olvides de ponerlo en el formato correcto porque de lo contrario te dará error.
  • Marcar la casilla de “No soy un robot”. Esta opción es obligatorio marcarla para que el sistema se asegure que no se trata de ningún malware o bot automatizado que intenta obtener datos de forma fraudulenta
consulta estado solicitud de la renta minima vital

Cuando hayas rellenado todo y hayas pulsado en el botón “Aceptar” , tus datos se contrastarán con la base de datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y te mostrará el estado de tu ayuda. Te dirá alguna de las siguientes informaciones:

  • Si está a la espera de ser revisada
  • Si está aprobada o denegada
  • Si falta alguna documentación por presentar.
  • Si hay alguna información erronea
  • Cualquier otra información de interés para el solicitante …

Recuerda que la única fuente oficial donde realizar todo lo que te hemos explicado es a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social.

¿Que pasa si no puedo acceder para ver el estado de mi solicitud?

Si por cualquier motivo no puedes entrar a la página que te hemos comentado en los apartados anteriores o bien has perdido tu código de confirmación y no puedes acceder…. No te preocupes porque el INSS debe comunicarte también por escrito si al final tu ayuda fué aprobada o rechazada. En caso de ser denegada, siempre podrás presentar un escrito de alegación dentro de los plazos previstos y contemplados por la ley.

De acuerdo con el artículo único del Real Decreto ley 20/2020, de 29 de mayo de 2020 (BOE del 1 de junio de 2020), el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento iniciado en tres meses contados desde la fecha en la que su solicitud ha sido registrada. Transcurrido dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución de esta solicitud, podrá entender que su petición ha sido desestimada por aplicación de silencio administrativo

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