lunes, 14 octubre, 2024

Baja por menstruación dolorosa

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Desde el 1 de Junio de 2023 ya se puede solicitar la baja laboral por menstruación dolorosa. Esto en parte ya era posible antes, pero la nueva norma tiene algunas novedades.

Veamos las novedades sobre esta nueva baja por regla:

  • ¿Cuanto dura? La duración de la baja será de entre 3 y 5 días
  • Solo las mujeres con regla dolorosa podrán solicitar baja laboral
  • Los empresarios no tendrán que asumir ningún coste.
  • Se encargará la seguridad social que pagará desde el primer día y no a partir del cuarto, como hasta ahora.

Las trabajadoras que se den de baja por ello tendrán derecho a un subsidio que se abonará desde el día mismo de la baja a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo y no necesitas haber cotizado antes.

Fuente: Antena3 Noticias

Estos derechos relativos a la salud menstrual de las mujeres fueron incluidos en el marco de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo en la que se modifica la Ley General de la Seguridad Social para reconocer como situaciones excepcionales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas bajas laborales a mujeres por reglas incapacitantes, así como la situación posterior a la interrupción del embarazo y el embarazo desde el día primero de la semana trigésima novena.

Cuantía

La norma no especifica la cuantía de prestación económica, aunque al tratarse igual que una baja por contingencias comunes, se presupone que se aplicaría el 60% de las base reguladora desde el día 4 al día 20 (incluido) y el 75% desde el día 21 en adelante. La Seguridad Social será la que se encargará de pagar desde el primer día.

Como se solicita la baja por menstruación dolorosa

Para solicitar estas bajas habrá que acudir al médico de cabecera, que será quien decida si el dolor es incapacitante para trabajar o no. El procedimiento será similar al de baja por cualquier otra enfermedad común.

Además, en caso de que el médico reconozca la baja anual, la mujer afectada por la regla incapacitante podrá no acudir al trabajo cada 28 días si así lo considera según su estado de salud y sin necesidad de acudir al médico a recibir la baja en cada periodo.

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