Sabías que puedes recibir un apoyo económico mensual por tus hijos aunque no cobres el Ingreso Mínimo Vital? El Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) es una realidad que ya está ayudando a miles de familias en España.
En este post te explicamos cuánto se cobra, quién tiene derecho y cómo solicitarlo paso a paso.
INDICE DE CONTENIDOS
¿Qué es la ayuda CAPI por tener hijos menores a cargo ?
La prestación por hijo a cargo ( o ayuda de los puntos, como antes la llamaban los ciudadanos) se trata de una ayuda no contributiva y que por lo tanto no tienes por qué haber cotizado en la Seguridad Social para solicitarla. Puede ser pedida por aquellos padres y madres que se encuentran en una situación difícil y con insuficiencia de ingresos económicos.
Se trata de un ingreso mensual que la Seguridad Social añade a las familias con menores a cargo para ayudar con los gastos de crianza. Aunque forma parte de la ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV), mucha gente no sabe que puede pedirlo por separado si sus ingresos son bajos, pero no lo suficiente como para cobrar el IMV completo.
¿Tienes hijos menores de edad?
Si tienes hijos menores de 19 años, puedes conseguir la ayuda de hasta 115€ al mes por menores a cargo (conocida también como ayuda a la infancia)
Dependiendo de la edad de tu hijo será de más o menos importe, desde 57,5€/mes (cantidad mínima) hasta 115€/mes (cantidad máxima)
Esta ayuda, conocida anteriormente como la ayuda de los puntos o ayuda por menores a cargo) está recogida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en la Ley del Ingreso Mínimo Vital (art. 11.6 y 13.2). Las familias con hijos que reciban la ayuda del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o que tengan ingresos económicos bajos (siempre que se cumplan los requisitos necesarios) podrán recibir esta ayuda.
Como ya sabéis, la Ley del Ingreso Mínimo Vital lleva funcionando desde se publicó en BOE el 1 de Julio del 2020, aunque esta fue definitivamente aprobada el 16 de diciembre de 2021. En dicha aprobación se han incluido algunos aspectos novedosos:
- La primera novedad es que habrá una ayuda complementaria variable entre 57,5€ – 115€ al mes por cada hijo a cargo
- Otra de las novedades es el aumento de la cuantía de un 22% para las familias con algún miembro con una gran discapacidad.
- Respecto a los jóvenes, se reducirá el tiempo mínimo exigido sobre su independencia del hogar familiar.
- La última de las novedades es que las personas que hayan agotado el acceso a los subsidios por desempleo y se encuentren en situación de necesidad también podrán recibir el IMV.
¿Quién puede solicitarlo? (Requisitos)
No es una ayuda universal (como la prometida ayuda de 200€ por hijo a cargo), pero sus límites de renta son más flexibles que los del IMV. Los requisitos principales son:
Residencia: Vivir legalmente en España desde hace al menos un año.
Límite de Renta: No superar el 300% de la renta garantizada del IMV. Para una familia de un adulto y un niño, el tope de ingresos anuales está en torno a los 11.444€.
Límite de Patrimonio: No superar el 150% del límite de patrimonio del IMV (unos 28.495€ para un adulto y un niño, sin contar la vivienda habitual).
Cuánto se cobra por la ayuda a la infancia
El dinero a recibir no tiene una cuantía fija y va a depender de la edad del menor y del grado de discapacidad (en caso de tener discapacidad). Las cuantías del completo a la infancia se han incrementado un 15% este año.
En el caso de la edad, a menor edad mayor será la cantidad a recibir o deducible:
Hijo menor de 3 años: 115€ al mes (1380€ al año por cada hijo entre 0 y 3 años). Si por ejemplo tienes dos hijos menores te corresponderán 230€ al mes (2760€ al año)
Hijo entre 3 y 6 años: 80,5€ al mes (966€ al año por cada hijo en ese rango de edad)
Hijo entre 6 y 18 años: 57,5€ al mes (690€ al año por hijo)
Cómo solicitar la ayuda paso a paso
No necesitas ir a una oficina física; puedes hacerlo todo desde casa:
- Entra en el Simulador: Antes de nada, usa el Simulador del IMV para ver si tienes derecho.
- Prepara los documentos: Necesitarás el DNI/NIE de todos los miembros de la familia y el Libro de Familia.
- Solicitud Online: Accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Puedes hacerlo con o sin certificado digital (usando el sistema de identificación por selfie/foto).
- Marca la casilla: Al rellenar la solicitud del IMV, el sistema evaluará automáticamente si te corresponde el Complemento de Infancia.
Cambiar de cuenta bancaria, domicilio o alguna variación personal u económica en la prestación por hijos a cargo
Puedes realizar cualquier modificación de tus datos a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (https://www.sede.seg-social.gob.es), tanto con certificado digital como con Clave permanente. Si no dispones de certificado digital ni ningún sistema de identificación electrónica, podrás realizar el trámite en https://www.run.gob.es/tramites o rellenar y enviar este formulario firmado por correo ordinario o en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social solicitando por teléfono cita previa
¿Cuándo se paga la ayuda a la infancia?
Esta ayuda es mensual y la cantidad a recibir variará dependiendo de la edad del niño.
La prestación se cobra a través de un pago semestral (cada 6 meses), un pago se realiza a finales del mes de junio y el otro a finales del mes de Diciembre o principios de Enero, dependerá de las entidades bancarias
Consulta el día que pagan los bancos las distintas prestaciones y subsidios
Se beneficiarán automáticamente de esta ayuda todas aquellas familias que ya reciben el Ingreso Minino Vital, aunque existe otro requisito para poder recibirla: tener bajos ingresos.
El Ingreso Mínimo Vital se puede solicitar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Esta página permite también comprobar cuándo nos va a llegar la prestación. Si tienes alguna duda, no dudes en consultar la fuente de información oficial
La ayuda se refiere en concreto a familias formadas por dos adultos y un niño con ingresos de hasta 27.000 euros y a familias con dos niños y dos adultos con ingresos totales de hasta 32.100 euros.
Además, disfrutarán de la ayuda las familias monoparentales con un hijo a cargo y hasta 25.700 euros de ingresos y aquellas también monoparentales con dos niños a cargo y que ingresen hasta 30.800 euros anuales.
¿Desaparecerá totalmente la antigua ayuda por hijos a cargo?
La antigua Ayuda por hijos a cargo que había en 2021 ya ha desaparecido en favor de esta nueva ayuda y a veces ocasiona confusiones, pero según sea el caso se pueden dar varias combinaciones, ya que a partir del 1 de Enero de 2022 no podrán presentarse nuevas solicitudes para la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, pero la antigua ayuda seguirá disponible como siempre para menores con discapacidad superior al 33%
En el caso de Hijo con discapacidad superior al 33%
Las prestaciones por hijo a cargo con discapacidad superior al 33% son totalmente compatibles con la ayuda de la renta mínima vital. Si estás en esa situación, seguirás cobrando la la ayuda por hijos a cargo o puedes solicitarla si aún no la recibes y además puedes solicitar el ingreso mínimo vital si cumples con los requisitos. Es decir podrías llegar a cobrar las 2 ayudas siempre que cumplas con todos los requisitos.
Hijo a cargo SIN discapacidad o con discapacidad inferior al 33 %
Ya no podrán presentarse nuevas solicitudes para la ayuda por hijo a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%. Estas irán integradas en la ayuda por Ingreso mínimo Vital.
Como se solicita la antigua ayuda a la infancia (Solo caso excepcionales)
Recuerda que desde que apareció la ayuda del Ingreso Mínimo Vital la antigua ayuda por hijo a cargo solo es posible pedirla en el caso de Hijo o menor con discapacidad superior al 33%, de lo contrario ya no puedes solicitarla y en su lugar debes solicitar la del ingreso mínimo (en el caso de cumplir los requisitos). Puedes solicitarla pidiendo cita previa en la Seguridad Social o desde la sede electrónica de la Seg. Social si es que dispones certificado digital, DNI electrónico o sistema clave.
Aquí tienes el modelo oficial para pedir la ayuda por hijo a cargo
Recuerda que esta prestación tampoco se puede pedir si el hijo ya está recibiendo pensión no contributiva de jubilación o invalidez, o recibe otros subsidios de garantía de ingresos mínimos.
Preguntas Frecuentes
- ¿Es compatible con el trabajo? Sí, puedes trabajar y cobrar el CAPI siempre que no te pases de los límites de renta.
- ¿Tengo que renovarlo? No, se prorroga automáticamente cada año si la Seguridad Social comprueba que sigues cumpliendo los requisitos económicos a través de tu declaración de la renta.
- ¿Tengo que hacer la Declaración de la Renta? SÍ. Es obligatorio para todos los beneficiarios de esta ayuda presentar la declaración del IRPF cada año.
¿La gente que ya cobra el IMV de oficio debe solicitar esta ayuda o se hace automáticamente? Se asigna de oficio, automáticamente.
¿Se debe solicitar a través del modelo 140 de la Agencia Tributaria? No, hay muchos sitios que dicen esto pero esta ayuda se gestiona a través de la Seguridad Social.
¿Esta ayuda es incompatible con la antigua ayuda de hijos a cargo? No, en este caso te llamarán de la Seguridad Social para que elijas con cual quedarte.
Fuentes de referencia: Artículo 351 a 356 de la Ley General de la Seguridad Social
Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo

Perito judicial y experto en Derecho laboral. Experto en materia laboral. Coordinador en Select.es

