jueves, 28 marzo, 2024

Subsidio extraordinario por desempleo (SED)

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SED, la ayuda para desempleados de larga duración

Tras la desaparición en Abril del 2018 de las ayudas por desempleo de larga duración: Plan PREPARA y PAE, el gobierno ha aprobado una nueva ayuda , se trata de la ayuda denominada “Subsidio extraordinario por desempleo” o SED . Se trata de uno de los dos subsidios extraordinarios que existen actualmente destinados al colectivo de parados de larga duración junto a la Renta activa de inserción (RAI)

El SED sólo se puede pedir una vez, se cobran 430,27€ mensuales , sólo dura seis meses y exige carecer de rentas y llevar más de un año inscritos como demandantes de empleo . Además, para solicitarlo se debe de haber agotado el paro, un subsidio, la Rai o el Prodi . Por último y fundamental decir que este subsidio exige acreditar responsabilidades familiares , sin familia a cargo no hay ayuda.

La idea por la que apareció este subsidio es que  las principales ayudas que existían anteriormente (El plan Prepara y PAE) se fusionasen en una única ayuda.

Cuanto dura esta prestación

La duración de esta ayuda dependerá de la edad y de las cargas familiares que tenga en ese momento el desempleado. Por lo tanto la duración de la ayuda puede variar entre 6 meses y 72 meses (6 años). El caso de alargar la prestación hasta los 6 años solo se daría en el caso de tener más de 45 años y tener cargas familiares. Por norma general, si se tienen menos de 45 años sería  de 29 a 35 meses máximo. Esta ayuda solo se podrá recibir una única vez.

Posibles casos que se pueden dar antes de solicitar SED

Te explicamos todos los casos y situaciones posibles tras la aprobación de la nueva ayuda:

  • CASO 1: Los desempleados que actualmente cobran la RAI (Renta Activa de Inserción) seguirán tal cual ya que ésta sigue vigente y no desaparece. El nuevo subsidio no le afecta para nada y se podrá seguir percibiendo y así mismo  la podrán seguir pidiendo todos aquellos que  cumplan con los requisitos que se exigen. Esta ayuda recordemos que exige carencia de ingresos y paga 430 euros al mes a los parados que lo tienen difícil para llegar al empleo, por ejemplo los mayores de 45 años, los emigrantes retornados, las víctimas de violencia de género o las personas con discapacidad.  La RAI se puede cobrar hasta 33 meses como máximo e insistimos que esta sigue en activo y con normalidad
  • CASO 2: Los desempleados que cobran en la actualidad el plan PREPARA y el PAE, si antes del 1 de mayo ya tenían aprobada la ayuda no tiene por qué preocuparse porque la van a seguir cobrando o la van a empezar a cobrar si es que la han solicitado antes de esa fecha y cumplen con los requisitos (sellar la tarjeta del paro, no pasarse del tope de rentas o no rechazar una posible oferta de empleo)

Requisitos

El nuevo subsidio está destinado a desempleados que carezcan de rentas, justifiquen que tienen responsabilidades familiares y que hayan agotado todas las prestaciones existentes de nivel asistencial después de la entrada en vigor.

De igual manera, también  podrán acogerse los ciudadanos que hayan agotado el subsidio por desempleo o aquellos cuyo último derecho percibido hayan sido las ayudas de acompañamiento de los programas complementarios de la protección por desempleo.

A los desempleados que hayan agotado el subsidio por desempleo se les pedirá que hayan estado inscritos como solicitantes  de trabajo durante 1 mes desde que se produjo el agotamiento del subsidio anterior, sin haber rechazado ofertas de empleo adecuadas para el candidato, ni haberse negado a participar en acciones  de formación .

¿Queda todo claro? Esperamos haber ayudado en este momento de transición y dudas y aquí siguen nuestros asesores para cualquier aclaración que les haga falta. Mientras tanto, nuestra recomendación es que no se deje de sellar el DARDE o demanda de empleo bajo ningún concepto porque el SED exigirá cumplir con antiguedad en el paro.

Ojalá no tengan que cobrar ni solicitar ninguna ayuda, ni las de ahora ni la que están por venir …

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