Para la concesión de un subsidios, los ingresos siempre cuentan, pero no de la misma manera:
La primera clave es conocer el nivel que marca la barrera entre si cuentan o no los ingresos familiares. Pues bien, ese nivel o límite está en el 75% del salario mínimo interprofesional o lo que es lo mismo en no tener ingresos superiores a 675 euros brutos al mes.
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Tipos de subsidios según los ingresos
A nivel general, los subsidios los podemos dividir en dos tipos:
- Primero, los subsidios que sólo tienen en cuenta los ingresos del solicitante. Estos son los que se conceden a mayores de 45 y 55 años e migrantes retornados y liberados de prisión. También están en este apartado los subsidios por cotización insuficientes sin cargas familiares y por pérdida de la pensión por incapacidad permanente.
- En el otro lado están las ayudas que para ser concedidas nos van a mirar todos los ingresos: los nuestros y los de la unidad familiar (renta familiar). Aquí se posicionan la ayuda familiar, el subsidio por cotización insuficiente con familia a cargo, la renta activa de inserción y el subsidio extraordinario por desempleo (SED)
A partir de ahora para tener derecho al subsidio para mayores de 55 no cuentan los ingresos familiares. El SEPE sólo va a tener en cuenta nuestros ingresos
Como saber si se supera el limite de ingresos familiar
Para saber si los ingresos de la familia superan o no el límite de los 675 euros al mes toca echar cuentas. Calculadora en mano solo hay que sumar los ingresos de toda la unidad familiar (en bruto) y dividirlos entre todos los miembros, si la cifra que nos sale es inferior a 675 € se cumple el requisito y por tanto nos podrán conceder el subsidio.
¿Qué rentas se tienen en cuenta?
¿Que rentas suman en los cálculos? Bueno, pues por supuesto las rentas del trabajo pero también se tendrán en cuenta los ingresos generados por las siguientes rentas:
- Las pensiones y prestaciones,
- El alquiler de venta de locales y pisos.
- Premios como el de la lotería,
- Las ganancias por inversiones …
Cuando el subsidio pide cargas familiares significa que habrá que tener a cargo al cónyuge o algún hijo menor de 26 años o mayor con discapacidad sin ingresos superiores a 675 euros mensuales.
¿Qué rentas no se tienen en cuenta?
Para el calculo de los ingresos familiares no se tendrán en cuentas las siguientes rentas:
- Las asignaciones de la Seg.Social por hijos a cargo.
- Dinero de las cuotas derivadas de algún Convenio Especial con la Seguridad Social en los supuestos en los que así se haya acordado en el proceso de un ERE.
- La cantidad derivada de una indemnización legal por la extinción de contrato de trabajo
- Dinero cobrado de trabajos de colaboración social y de trabajos relacionados con Programas de Fomento del Empleo.
- El cobro anticipado de deducciones fiscales si eres mujer trabajadora con hijos menores de 3 años.
- Los Planes de Pensiones no rescatados.
¿A partir de qué tiempo se contemplan las rentas del que solicita una ayuda?
Cuando se solicita un subsidio o ayuda por desempleo, en el impreso hay que poner las rentas (del solicitante y, en su caso, miembros de la unidad familiar) obtenidas en el mes anterior al de la fecha de la solicitud, siempre que se mantengan en el actual. Si lo que se está solicitando es una prórroga del subsidio, hay que declarar las rentas que se obtuvieron mientras se estuvo cobrando el subsidio o ayuda.
Para finalizar
Una vez resumimos los dos grupos de subsidios : con rentas personales y los subsidios con rentas familiares, surge la pregunta ¿Pensáis que las rentas familiares no tendrían por qué contar en ninguno de los subsidios? Esperamos vuestras opiniones
Perito judicial y experto en Derecho laboral. Experto en materia laboral. Coordinador en Select.es