viernes, 6 diciembre, 2024

Ayuda RAI (Renta activa por inserción)

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Uno de los subsidios extraordinarios destinados al colectivo de parados de larga duración es la renta activa de inserción, más conocida como RAI

Si has terminado de cobrar el paro, puedes acogerte a esta ayuda siempre y cuando cumplas con los requisitos exigidos.

¿En qué consiste la ayuda?

La Renta Activa de Inserción consiste en ayudas económicas extraordinarias del SEPE para ciudadanos mayores de 45 años que estén desempleados y que ya hayan terminado de cobrar el paro o subsidio por desempleo. De igual modo pueden beneficiarse víctimas de violencia de género, emigrantes retornados o personas con discapacidad (33% o más). En algunas circunstancias es compatible con trabajos a media jornada o jornada completa.

Para cobrar la ayuda hay que carecer de rentas, esto quiere decir que tanto nuestros ingresos como los de la media familiar no pueden superar los 675 € al mes. Además habrá que haber agotado una prestación o un subsidio por desempleo previamente para poder recibirla. Cuando nos concedan la ayuda cobraremos durante 11 meses y se puede solicitar como mucho tres veces y no seguidas.

El objetivo de la RAI es favorecer la inserción al trabajo de los más desfavorecidos mediante varias acciones combinadas: tutorización e información a través de asesores de empleo, entrevistas, itinerarios personalizados, participación en procesos de selección en ofertas de trabajo publicadas por el SEPE, inserción en programas para el empleo, talleres o formación profesional, etc…

Este subsidio se engloba dentro de las denominadas ayudas que hay después de cobrar el paro

¿Para el cobro de la RAI cuales son los requisitos necesarios?

La aprobación de de esta ayuda está condicionada al cumplimiento de una lista de requisitos o requerimientos imprescindibles:

  1. No tener ingresos o tenerlos por debajo del 75% del salario mínimo interprofesional. Actualmente esta cifra se sitúa en 750 € al mes
    1. Suscribir el compromiso de actividad.
  2. Tener cumplidos menos de 65 años.
  3. Tener antiguedad en el paro habiendo realizado el acto de renovar la demanda de empleo o sellar el paro en su fecha correcta.
  4. No haber recibido esta ayuda en los 365 anteriores ni haberla recibido por tercera vez antes de la solicitud. El máximo de veces que se puede recibir esta ayuda es de 3 veces

Según sea el caso, las condiciones adicionales que se deben cumplir para que sea aprobada por el SEPE varían según quien sea el solicitante:

Solicitantes parados que ya han cobrado el subsidio por desempleo

En este caso los requisitos para el RAI son los siguientes:

  1. Haberse comprometido a la búsqueda de empleo de forma activa
  2. Tener más de 12 meses de antiguedad en el paro.
  3. Carecer de derecho a cobrar el paro por haberlo cobrado anteriormente , ni tener derecho a cualquier otra ayuda
  4. Tener cumplidos entre 45 y 65 años

Solicitantes que son víctimas de violencia de género

Los ciudadanos solicitantes víctimas de violencia de género tendrán derecho al RAI si cumplen lo siguiente:

  1. Informe acreditativo emitido por el ministerio de justicia o algún organismo competente de haber sufrido violencia de género.
  2. En esta situación, es indiferente haber cobrado o no el paro el anterioridad
  3. No es requisito tener cumplido los 45 años como pasa con otros solicitantes.

Aquellas victimas de género que ya estén recibiendo alguna ayuda por tal situación, no podrán solicitar el RAI hasta que dejen de percibirla.

Solicitantes que son emigrantes retornados

Al colectivo que se acoja a la ayuda por ser un emigrantes retornados se les exigirán los siguiente requisitos:

  1. Tener cumplidos los 45 años o más
  2. Haber trabajado 6 meses como poco en un país extranjero y haber regresado a España al menos 12 meses antes de solicitar el RAI.

Solicitantes con discapacidad mínima del 33%

En este caso el solicitante deberá cumplir:

  1. Tener una discapacidad comprobada del 33% o más
  2. Ser parado de larga duración y haber disfrutado ya del cobro del paro y no optar a ningún otro tipo de subsidios
  3. Haber firmado el compromiso de la búsqueda activa de empleo

En caso de tener reconocida una incapacidad permanente* y estar cobrando por ello será imposible acogerse a la Renta Activa por Inserción

¿Cómo se realiza la solicitud de la Renta Activa por Inserción?

Para solicitarla existen dos vías:

  • De forma presencial en cualquier oficina del SEPE previa cita previa. Puedes descargarte aquí el impreso para llevarlo ya relleno
  • Vía internet desde la propia sede electrónica del Servicio de Empleo

Solicitud por internet

En este caso necesitarás un usuario/ contraseña (Sistema Cl@ve) o bien disponer de un certificado digital o dni electrónico.

ACCESO DIRECTO AL FORMULARIO DE SOLICITUD

Tras acceder al enlace te aparecerá una ventana donde deberás seleccionar el método de autentificación que prefieras:

solicitar Renta activa por inserción

Documentación necesaria

La documentación que deberás tener preparada porque te será exigida para conformar la petición son:

  1. Impreso de solicitud (solamente si la realizas de forma presencial en alguna de las oficinas)
  2. DNI o NIE en caso de ser extranjero
  3. Declaración jurada de busqueda activa de empleo. Si perteneces al colectivo de emigrantes retornados no es necesario presentar este documento. En el resto de casos sí
  4. Certificado expedido por el Área de Trabajo correspondiente. Este documento solo es necesario para el colectivo de trabajadores emigrantes retornados
  5. Sentencia judicial o informe válido en el que quede reflejado la condición de haber sido víctima de violencia domestica. Solamente en el caso de que se presente la solicitud alegando dicho hecho.
  6.  En el caso de personas con discapacidad se deberá aportar el certificado de minusvalia correspondiente
  7. Documento acreditativo que informe que actualmente no se está percibiendo ningún tipo de ayuda, ni pensión
  8. Darde o cartilla del paro correctamente sellada
  9. Justificante de ingresos anteriores a la fecha de solicitud

Características de la ayuda ,cantidad a recibir y duración

Cantidad a percibir y duración

El importe a cobrar por la RAI (Renta Activa de Inserción) para el año 2023 es de 480 €/mes. Esto quiere decir que se producirá una subida del 3,6% con respecto al año 2022, donde la ayuda tenía una cuantía de 463€. Es decir, un aumento de unos 17€

Por norma, la cantidad a percibir de los subsidios por desempleo se fijan basándose en el 80 % del IPREM (el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). El IPREM para 2023 estará alrededor de unos 600€/mes después de que el gobierno de España incluyera esta subida del 3,6 % en los próximos Presupuestos Generales del Estado (PGE)

La cantidad económica mensual de la que hemos hablado antes solo se podrá recibir durante 11 meses como máximo. En el caso de estar trabajando mientras se está disfrutando de la ayuda solamente se percibirá durante 6 meses como máximo. La RAI tiene la posibilidad de solicitarla hasta 3 veces máximo. Es decir, se podrá cobrar durante 33 meses, pero entre cada solicitud es necesario que pase como mínimo 1 año , excepto en casos de violencia de género o discapacidad en los que sí se podrá cobrar los 33 meses de golpe.

Durante el tiempo transcurrido hasta su terminación, el beneficiario estará cotizando en la Seguridad Social para poder acceder a todos sus servicios sanitarios y sociales sin embargo no se cotiza para jubilación*

Deberes de los solicitantes

Mientras se está recibiendo el RAI , los beneficiarios están sujetos a una serie de obligaciones como acudir de forma regular para renovar la demanda de empleo, cumplir con el juramento de búsqueda activa de empleo, no disfrutar de otras ayudas que causen incompatibilidad o no superar ingresos superiores a 530,78 € (Renta familiar máxima permitida)

Más Información detallada

Hoja informativa distribuida por el SEPE

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