En España, al igual que en muchos otros países del mundo, existen legislaciones enfocadas a garantizar las mejores condiciones de vida para las personas desempleadas. La denominada “ayuda familiar” es quizá la más importante de ellas, en tanto es un subsidio que le permite a muchos hogares sostenerse económicamente ante la ausencia de un empleo por parte del cabeza de familia
El nombre oficial de este subsidio, de acuerdo a las legislaciones vigentes es de “subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares”.
Se trata de un subsidio por desempleo por responsabilidades familiares que se concede debido a la terminación de la prestación contributiva por desempleo. Los hijos a cargo tienen que ser menores de 26 años. También se tendrá en cuenta en los casos de que el cónyuge dependa económicamente de la persona que pida el subsidio. Con esta ayuda se podrán conseguir hasta un máximo 14.400€ dependiendo de cada caso.
También es posible solicitarla aunque no hayas cotizado lo suficiente para haber cobrado el paro. Te contaremos como solicitar esta ayuda destinada a desempleados paso a paso
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Requisitos necesarios.
- Estar dado de alta como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación)
- No haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva.
- Acreditar la busca activa de empleo mediante el compromiso de actividad.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo
- Tener responsabilidades familiares.
- No tener rentas ni ingresos de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional. Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
Cuantía
La cantidad a recibir mensualmente por este subsidio es de 480€.
Es muy importante saber que esta ayuda/subsidio se otorga por duraciones de seis meses. Transcurrido este tiempo, si el desempleado continua cumpliendo todos los requisitos tendrá la opción de pedir una prórroga del subsidio. Según la duración máxima permitida (ver apartado de más abajo) y la edad del desempleado se podrá cobrar en total una cantidad u otra. Por ejemplo, si el desempleado tiene 45 años y ya ha agotado paro superior a seis meses, si consume todo el subsidio habrá cobrado en total 14400€.
Como y cuándo se tramita la ayuda familiar
Para acceder a esta ayuda, la petición debe realizarse dentro de los 15 días hábiles tras cumplirse el “mes de espera”, concepto que se explicará más adelante en este artículo. El mes de espera comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva.
Sin embargo, si se pide fuera de este tiempo, el beneficio no se pierde, aunque sí representa una disminución, en tanto se restaría el valor de los días que transcurrieron antes de consolidar el subsidio y efectuarse por primera vez en el banco.
El derecho al subsidio nacerá a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el mes de espera, siempre que se solicite dentro del plazo. Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud.
La ayuda se puede solicitar de varias maneras:
- A través de la sede electrónica del SEPE.
- En cualquier oficina del SEPE ( para ello antes habrá que pedir una cita previa con el SEPE).
- A través del formulario de pre-solicitud. En este caso solamente se deberá enviar el formulario del subsidio que va a solicitar y este lo recibirá un gestor del Servicio de Empleo, el cual lo tramitará y se pondrá en contacto contigo en caso de ser necesario.
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
Duración de la ayuda familiar
El tiempo que se podrá estar cobrando la ayuda familiar siempre va a depender de la edad y del tiempo que se estuvo recibiendo la prensión contributiva:
Se pueden dar varias combinaciones:
- Menores de 45 años y que han agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrán derecho a recibir esta ayuda durante 18 meses.
- Menores de 45 años y que han agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses podrán recibir la ayuda durante 24 meses.
- Mayores de 45 años que ya agotaron una prestación contributiva de 4 meses, podrán tener derecho a 24 meses de ayuda.
- Mayores de 45 años y que ya han consumido una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán derecho a 30 meses.
“Ayuda familiar” por insuficiencia de cotización
Este subsidio también se presenta como una solución para aquellas personas que no han alcanzado la cotización mínima de los 360 días. Si no sabes los días que llevas cotizado puedes pedir vida laboral. Para este tipo de personas, existe el denominado subsidio por insuficiencia de cotización, donde se considera también el numero de familiares a los que está respaldando la persona interesada en la “ayuda familiar»
Perito judicial y experto en Derecho laboral. Experto en materia laboral. Coordinador en Select.es