Las ayudas del Ministerio de Educación Español vienen con muchas novedades para las becas dirigidas a todos los alumnos, independientemente de la etapa que estén cursando. Los próximos años 2023 y 2024 vienen con subidas muy importantes a nivel económico
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SUBIDA HISTÓRICA de BECAS PARA ALUMNOS.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de Umbrales, que regula la convocatoria de becas y ayudas al estudio para el curso 2023-2024.
Entre las novedades de la convocatoria, figura el incremento de 1600 a 2500 euros en las becas de residencia para estudios postobligatorios, que beneficiará a unos 125.000 alumnos, en especial a los de entornos rurales que deben desplazarse a otras localidades para poder estudiar a los que llegarán becas por un máximo de 4.500 euros.
La cuantía media de las becas será de 1.730 euros para estudiantes no universitarios y 3.130 para universitarios. En total llegarán a más de un millón de alumnos.
Supone el mayor gasto de la historia en becas: Unos 2.520 millones de euros.
Además, habrá una ayuda universal de 400 euros para los estudiantes de niveles educativos no universitarios que acrediten una discapacidad de al menos un 33% (ver más información abajo). Por ejemplo: trastorno grave de conducta, de la comunicación o el lenguaje o del espectro autista, con el fin de sufragar los gastos adicionales que sus familias deben afrontar. En este caso, la ministra ha estimado que la ayuda beneficiará a más 214.000 alumnos.
Cuándo y donde de piden de las Becas
Las solicitudes se podrán realizar durante los meses de Marzo y Abril. En esas fechas podréis presentar vuestras solicitudes a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación. Solo habrá que rellenar el formulario y no será necesario aportar ninguna documentación adicional. Está ya confirmado que las fechas para pedirlas serán del 27 de Marzo al 17 de Mayo.
Cuando se cobrarán las becas
Para todas las becas presentadas en plazo, entre los meses de Agosto y Septiembre se comunicará a todos los solicitantes si cumplen o no los requisitos para recibir la beca. En caso de cumplir todos los requisitos está previsto que empiecen a pagarse a partir de Octubre/Noviembre del 2023.
El subsidio universal para estudiantes de 400 euros. Sin requisitos
Una de las novedades estrella de todas las becas anunciadas por el Gobierno es el nuevo subsidio universal de 400 euros para estudiantes con necesidades educativas especiales
Para solicitar esta ayuda no hay que cumplir ningún requisito de renta familiar. Esto es, todos aquellos que cumplan con el resto de condiciones pueden pedirlo, sin necesidad de que tengan que cumplir con límites de ingresos, como ocurre con otras becas de estudiantes.
¿Quién puede solicitar estas ayudas especiales?
Pueden pedirla aquellos alumnos con una edad de dos o más año que estén escolarizados en Educación Primaria, segundo ciclo de Educación Infantil, ESO, Bachillerato, Ciclos formativos de Grado Medio y Superior o Formación Profesional Básica. Para optar a esta beca se bebe cumplir algunos de estos requisitos:
- Alumno con necesidades educativas especiales debidas a una discapacidad (al menos un 33%) o trastorno grave de conducta.
- Alumno con trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas específicas.
- Alumnos con necesidades especificas de apoyo educativo asociado a trastorno del espectro del autismo (TEA).
- Alumnos con necesidades específicas por alta capacidad intelectual.
IMPORTANTE: Estas becas/ayudas son totalmente compatibles con otras ayudas o becas, pues están pensadas para ayudar con los costes adicionales que tienen que asumir las familias con hijos con necesidades específicas
Otras ayudas para el alumnado con necesidades específicas
Además del subsidio universal de 400€, existen otras ayudas y subsidios al estudio para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Todas ellas están detalladas en el Real Decreto 117/2023 que se encuentra publicado en este BOE >>>>Boletín Oficial del Estado
Dicho Decreto especifica las siguientes ayudas para estudiantes y familias:
- Ayuda de residencia escolar: hasta 1.795 euros.
- Ayuda para transporte de fin de semana: hasta 442 euros.
- Ayuda para transporte urbano: hasta 308 euros.
- Ayuda para material escolar: hasta 105 euros para los niveles de Educación Primaria, ESO y Ciclos Formativos de Grado Básico. Será hasta 204 euros para el resto.
- Ayuda de enseñanza: hasta 862 euros.
- Ayuda o subsidio de transporte escolar: hasta 617 euros.
- Ayuda o subsidio de comedor escolar: hasta 574 euros.
- Ayuda para reeducación pedagógica: hasta 913 euros.
- Ayuda para reeducación del lenguaje: hasta 913 euros.
Para estas ayudas sí que habrá que cumplir requisitos de renta o patrimonio exigidos.
Por otra parte, desde los juzgados se ha ha reconocido que los alumnos con TDAH (Trastorno del Déficit de Atención e Hiperactividad) tienen derecho a beca sin necesidad de tener que acreditar una discapacidad del 33%. Este colectivo comprende un 6% de la población infantil y adolescente en España, cifra nada despreciable
Para cualquier duda no dudéis en consultarnos.
¿TE PUEDEN RECLAMAR el DINERO de tu BECA?
Hay situaciones por las que SI pueden reclamarte el dinero de la Beca. Te dejamos los motivos principales de devolución:
?ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS
* Anulación de la matrícula o abandono de hecho de los estudios.
* No haber superado el 50% de los créditos matriculados (el 40% en el supuesto enseñanzas de las ramas de Ciencias y de Enseñanzas Técnicas), en convocatoria ordinaria ni extraordinaria. Para el cálculo de este porcentaje se excluirán los créditos convalidados, reconocidos o adaptados. En este supuesto procederá el reintegro de todos los componentes de la beca con excepción de la beca de matrícula.
* En el caso de estudiantes que hayan obtenido la beca para la realización del proyecto fin de carrera que no constituya una asignatura del plan de estudios, no haber presentado dicho proyecto en el plazo de dos años desde la fecha de la resolución de concesión de la beca.
?ESTUDIANTESNO UNIVERSITARIOS
* Haber causado baja de hecho en el centro sin terminar el curso.
* No haber asistido a un 80% o más de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización.
* No haber superado el 50% de las asignaturas, créditos u horas matriculadas, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria.
* No haber superado el curso completo en el caso del curso de acceso o del curso de preparación para el acceso a la formación profesional o en el caso de los estudios cursados en las escuelas oficiales de idiomas.
* En el caso de haber obtenido beca para la realización del proyecto de fin de estudios, no haberlo presentado en el plazo de un año desde la fecha de la concesión de la beca.
OTROS MOTIVOS DE DEVOLUCIÓN
* La ocultación o falseamiento de datos.
* El haberla obtenido aún siendo incompatible con otras ayudas.
* La obtención de la beca sin cumplir alguno de los requisitos exigidos.
* El propio error de la Administración que la ha concedido.
Perito judicial y experto en Derecho laboral. Experto en materia laboral. Coordinador en Select.es