viernes, 19 abril, 2024

Incorporación de los autónomos en el Sistema RED

¿Dudas en gestiones con la administración?

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A partir del Lunes 1 de Octubre de 2018, según la Orden ESS/214/2018,  los trabajadores autónomos quedan obligados a recibir y firmar notificaciones de la Seguridad Social por vía electrónica. Después del periodo de adaptación que ha habido, llegados a esta fecha, también podrán darse de alta y empezar a utilizar el Sistema RED (Sistema de remisión electrónica de datos)  para realizar todos sus trámites con la Administración del INSS y TGSS.  RED se convierte pues  en una herramienta de uso para todos los autónomos de España. Lo de tramitar documentos o recibir documentos y avisos en mano o por ventanilla física se acabó. No queda otra que adaptarse al nuevo sistema de ventanilla electrónica de la Seguridad Social. ¿A que estáis esperando? Vamos a ponernos al día con el nuevo sistema RED para ver y explicaros como podemos realizar nuestros trámites de forma online desde ya mismo.  Bienvenidos a la era digital, se acabaron colas, papeles y esperas innecesarias.

A partir de ahora, trámites como con las altas o bajas, modificaciones, pagos, afiliación, la cotización, notificaciones o la recaudación pueden hacerse online vía Internet a través del Sistema RED para todos los autónomos tengan o no trabajadores a su cargo

Importante: La obligatoriedad es únicamente para la recepción de notificaciones electrónicas. Todas las gestiones podrán ser gestionadas por el propio autónomo o bien por un gestor o profesional autorizado. Esto se puede hacer a través de la Sede Electronica de la Seg.Social o vía el sistema RED

Enlace al documento oficial donde se informa de  la puesta en marcha de la Orden  que regula el uso del Sistema de remisión electrónica de datos para los trabajadores autónomos

¿Qué autónomos deben incorporarse el Sistema Red?

El punto primero y fundamental es saber a quién afecta este cambio. Pues bien , afecta a todos los trabajadores autónomos por cuenta propia pero también a los del sistema especial agrario y a los del grupo 1 del régimen especial de trabajadores del mar, con independencia de que tengan o no trabajadores a su cargo.

Sí somos o pertenecemos a uno de estos colectivos, la ley obliga a poder gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, cotización y recaudación de nuestras cuotas. Y atención porque a partir de la incorporación al sistema ya sólo vamos a recibir las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social por esa vía. Se acabó el recibir cartas o recoger documentos en las oficinas de la TGSS, todo será vía telemática.

Según el texto de la nueva  Orden ESS/214/2018 ,  están obligados a darse de alta en el sistema todos los trabajadores que cotizan dentro del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos (RETA) y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar como trabajadores por cuenta propia clasificados, a efectos de cotización, en el grupo primero del artículo 10 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.

No tienen obligación de incorporarse a RED los trabajadores englobados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar que aparecen en los grupos segundo y tercero del articulo 10 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo.

*Con la nueva orden, se da por obligatoria la entrada de los trabajadores en el sistema de notificación electrónica a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, según lo dispuesto en el parrafo último del art 3.2 de la Orden ESS/485/2013, del 26 de marzo.

Como realizar trámites electrónicos según la nueva orden

Hay dos maneras de gestionar los trámites de manera online o telemática, la primera opción es poder realizar cualquier trámite uno mismo a través de los mecanismos que ofrece la sede electrónica de la seguridad social y la segunda vía sería, en caso de no poder o de no saberlo hacer uno mismo , autorizar a un gestor en nuestro nombre en el sistema RED

A la Sede Electrónica no se puede acceder así como si tal cosa. Hay que disponer de un sistema de autentificación que garantice nuestra identidad y para ello tenemos tres formas posibles:

  • Disponer de un certificado digital aceptado por la Seguridad Social
  • Tener un dni-e (dni electrónico) activado y con su correspondiente lector correctamente instalado en nuestro ordenador
  • Disponer de un usuario/contraseña en el Sistema Clave

Quizás la pega de todo esto esté que el autónomo tendrá que moverse entre la Sede Electronica o el sistema RED según la gestión que quiera realizar.

Como acceder al sistema RED

Para tener acceso al sistema puedes pulsar sobre el siguiente enlace:

ACCEDE DESDE AQUÍ AL SISTEMA RED

Cuando hayas entrado en el enlace anterior te saldrá una pantalla como la de la imagen de abajo donde solo tendrás que hacer clic en el enlace “Acceso la Sistema RED Online”.

acceder al sistema RED

Si tienes tu dni electrónico bien configurado o bien dispones de un certificado digital correctamente instalado en tu navegador te aparecerán de forma directa todas las opciones posibles y trámites que puedes realizar vía internet . De lo contrario te aparecerá una pantalla como la siguiente:

acceso denegado al sistema RED de la seguridad social

Cómo darse de alta en el Sistema RED

¿Que trámites y solicitudes se pueden realizar?

El sistema RED nos va a solucionar de manera online muchos  trámites habituales que hacemos con el INSS o la TGSS:

  • Darse de alta y de baja
  • Cambiar la base de cotización
  • Cambio de datos
  • Cobertura de contingencias
  • Aplazamiento de deudas
  • Pagar con tarjeta
  • Consultar cuotas cotizaciones o el informe de vida laboral
  • Solicitar el certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.

Teléfono de ayuda al Sistema RED y resolución de problemas

Cuando no sabemos, no entendemos o nos surge algún tipo de problema a la hora de operar por internet a través de RED , ¿quien nos ayudará?  Bueno, pues de entrada la Sede electrónica de la Seguridad Social porque ahí está toda la información muy bien explicada. También hay otras vías de ayuda como el twitter de la TGSS ( @info_tgss ) , por teléfono llamando al 901 50 20 50 o cara a cara presentándonos en persona en una oficina de la Seguridad Social.

 

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